Antecedentes Internacionales
Los antecedentes internacionales de la fiscalización se remontan al Siglo XIV en la antigua España, cuando se crea la Magistratura Colegiada para la Fiscalización de la Hacienda; posteriormente se crea el Tribunal Mayor de Cuentas, constituido por las Cortes Españolas, cuya función principal era la de inspeccionar las cuentas de la Hacienda Real de la propia España, años más tarde, en 1519, dicho Tribunal tenía como propósito revisar los gastos de la expedición de Hernán Cortés.
Antecedentes en México
Sin embargo fue hasta el 4 de octubre de 1824, cuando en México se establece en nuestra Carta Magna, la facultad exclusiva del Congreso General, para fijar los gastos generales de la Nación y establecer las contribuciones necesarias, determinar su inversión y tomar anualmente las cuentas de gobierno. Hacía el año de 1896 se expide la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, y es en la Constitución de 1917 cuando se faculta al Poder Legislativo para crear la Ley de dicha Contaduría y ampliar así sus funciones.
En el año de 1978 se elabora una nueva Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, definiéndola como el Órgano de Control y Fiscalización, dependiente de la Cámara de Diputados, encargada de revisar las cuentas públicas, con el objeto primordial de vigilar escrupulosamente el manejo de los fondos públicos, lo que constituía una de las demandas mas sentidas de la sociedad.
El 28 de noviembre de 1995 se presenta una iniciativa de reforma a los artículos 73, 74, 78 y 79 de nuestra Carta Magna, cuya finalidad consistía en crear un nuevo Órgano Fiscalizador de la Gestión Gubernamental, en sustitución de la Contaduría Mayor de Hacienda, creándose la Auditoría Superior de la Federación. Entre algunos de los objetivos de la iniciativa destacaron: la modernización en su función pública; el ejercicio de la transparencia y la puntualidad en la rendición de cuentas del uso de los recursos públicos; fungir como un auténtico Órgano de Auditoría Superior independiente del Ejecutivo, con autonomía técnica e imparcialidad en sus decisiones y que fuera reconocido por la ciudadanía en general.
El 30 de julio de 1999 se publican las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la Unión, dando así origen a la Auditoría Superior de la Federación y el 20 de diciembre del 2000, la Cámara de Diputados aprueba la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.
Antecedentes en Puebla
En el Estado de Puebla, los antecedentes se encuentran en el año 1824, cuando se atribuye al Congreso Local la facultad de revisar la cuenta anual de la inversión pública. La Constitución del Estado de Puebla en el año de 1861, establecía en su artículo 95, que habría una sesión de glosa que estaría a cargo de una Comisión Inspectora, la cual sería nombrada por el Congreso Local, y a la que debería informar cuál era la situación de la administración pública. Pero es en 1880 cuando se modifica dicha Constitución y se establece que el Congreso designará al jefe y empleados de la Contaduría General que se inspeccione a través de la Comisión respectiva.
En 1882 se crea la Ley de la Contaduría General de Glosa. Esta Ley es reformada en los años de 1888, 1895 y 1932. Posteriormente, se crea la Contaduría Mayor de Hacienda, que está fundamentada en la Ley Orgánica y Reglamentaría de la Contaduría Mayor de Hacienda que se expidió el 17 de agosto de 1990.
El 5 de marzo de 2001, se publica la Declaratoria del Decreto que reforma la Constitución Política del Estado, en el que desaparece la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado y en su lugar se instituye el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla
En Junio de 2001 se expide la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla y es ahí cuando en julio del mismo año, la Contaduría Mayor de Hacienda evoluciona a Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla.
El 29 de noviembre de 2012 el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla se transforma en Auditoría Superior del Estado de Puebla (Auditoría Puebla) de acuerdo a lo que establece el Artículo Quinto Transitorio de la Declaratoria que contiene el Decreto del Congreso del Estado por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla publicado el 28 de noviembre en el Periódico Oficial.