¿Qué hacemos en la Auditoría Puebla?

OBLIGACIONES

La Cuenta Pública del Estado y la correspondiente a cada Municipio es el documento que debe integrarse conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la normativa emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable, que contiene los estados e informes contables, presupuestarios y programáticos que emanan del registro de las operaciones llevadas a cabo a lo largo del año por las Entidades Fiscalizadas que ejercen un presupuesto público, tanto a nivel estatal como municipal.

En términos generales, la Cuenta Pública del Estado debe ser presentada por el Poder Ejecutivo ante el Congreso del Estado, a más tardar el último día hábil de abril del año siguiente. Tratándose de la Cuenta Pública Municipal, cada Ayuntamiento a través del Presidente Municipal, deberá presentarla ante el Congreso del Estado por conducto de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, a más tardar el último día hábil de abril del año siguiente.

En este contexto, la fiscalización superior es la función ejercida por la Auditoría Superior del Estado de Puebla que, de acuerdo a la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior, tiene por objeto:
Revisar Cuenta

Revisar la Cuenta Pública del Estado y la correspondiente a cada Municipio para determinar los resultados de la gestión financiera, verificar si se ajustaron a los presupuestos, así como comprobar el cumplimiento de las metas y objetivos contenidos en los planes, programas y subprogramas.

Verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los planes, programas y subprogramas para comprobar que en la administración de recursos públicos se hayan observado los principios de eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez; el alcance de las metas, indicadores y su relación con el Plan de Desarrollo correspondiente.

Verificar cumplimiento

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